¿Qué pasa con el dinero entre el divorcio y la liquidación de gananciales?

El diario regional El Comercio nos pregunta por esas ocasiones en las que las parejas casadas en gananciales se separan porque se dan un tiempo. Pero cuando no regulan como se administra el dinero hay ocasiones en las que por alguna de las partes se dan abusos.. 

 

¿Qué pasa cuando uno de los dos saca dinero de las cuentas antes de la sentencia del divorcio? Si se trata de las mismas cantidades que antes de la ruptura sentimental se entiende que son para el mantenimiento de la unidad familiar. Pero si se sacan cantidades importantes se pueden reclamar en la liquidación de gananciales porque se entenderá que es una deuda privativa  y esa persona debe ese dinero a la sociedad de gananciales. 

 

¿Qué ocurre entonces cuando uno de los dos se ha ido de casa y ha domiciliado su nómina en otra cuenta? El importe de esas nóminas es ganancial aunque se esté ingresando en una cuenta que sólo está a nombre de uno de ellos hasta el momento de la sentencia de separación o divorcio.

 

¿Y qué ocurre cuando ya hay sentencia, la casa es común, NO se han liquidado los gananciales y uno de los dos NO paga la hipoteca? El que está pagando en nombre de los dos puede reclamar al otro esas cantidades en la liquidación de gananciales. 

 

¿Pero si en vez de sacar dinero compra un coche, por ejemplo? Pues ese coche sería ganancial si se ha adquirido con dinero ganancial. 

 

¿Ocurre lo mismo con las deudas? No, las deudas contraídas por uno de los dos durante el matrimonio no son automáticamente gananciales. Por ejemplo, contratar un préstamo es una deuda privativa excepto que el destino del mismo sea la familia, el mantenimiento de los bienes comunes, la administración que se venía haciendo de bienes privativos de cualquiera de los dos, el desempeño de la profesión o la explotación regular del negocio.

 

Cuando la pareja se divorcia, ¿no se liquida a la vez los gananciales? No, con la sentencia se disuelve la sociedad pero eso no significa que se hayan repartido los bienes y las deudas. Eso se hace en la liquidación.

 

¿Cuándo se puede liquidar los gananciales?  Se puede solicitar desde que hay un procedimiento de separación o divorcio en los juzgados. Pero que se liquide no significa que se pueda vender el domicilio familiar.