¿EL PISO PARA LOS HIJOS?
La propiedad y el uso de la vivienda común en el divorcio siempre genera conflictos pero más aún en el momento de la liquidación de gananciales.
Imaginemos un padre que no tenga el uso de la vivienda porque se haya concedido a la madre que tiene la custodia de los niños. ¿Puede dar su parte del piso a los niños y así evitar pagar la hipoteca de una casa en la que no vive? Evidentemente puede hacerlo. Pero ¿Quién va a pagar la hipoteca? ¿Los niños? Si el acuerdo es que la hipoteca la pague la madre que vive con los niños, no es un buen acuerdo. Porque si el día de mañana la madre quiere vender o alquilar ese piso, tiene que pedir autorización judicial si los niños son menores y el padre (que mantiene la patria potestad) no está de acuerdo. ¡Además de pagarla por los hijos!
¿Y puede darla a la exesposa para evitar pagar la hipoteca? Se puede llegar al acuerdo de valorar la vivienda por el mismo importe de la hipoteca y atribuírsela a ella. Nuestro consejo es firmar ese acuerdo de liquidación de gananciales en el mismo momento en que quien se queda con la vivienda firma la nueva hipoteca en exclusiva.
¿Y si el banco le dice que le da la hipoteca cuando la casa sea solo de esa persona? GMC Abogados está especializado en el asesoramiento en liquidaciones de gananciales. Nosotros aconsejamos a nuestros clientes la firma de determinadas cláusulas que aseguren que ese cliente sale de la hipoteca.
¿Qué perjuicios pueden derivarse de mantenerse en la hipoteca quién ya no es dueño? Hay dos claros, el primero que le embarguen si la otra parte deja de pagarla y el segundo que un banco no le quiera dar otra hipoteca para una casa ya que aún mantiene la responsabilidad en la anterior.