LA COMUNICACIÓN CON EL NIÑO: POR TELÉFONO, FACETIME O SKYPE

LA COMUNICACIÓN CON EL NIÑO: POR TELÉFONO, FACETIME O SKYPE

     En el transcurso de una separación o divorcio hay muchas cuestiones que regular, entre ellas está el buscar la comunicación del menor con el progenitor que no se encuentra en esos momentos. Este es un derecho que afecta tanto a los padres como a los hijos, hasta ahora lo más habitual era el contacto telefónico. Esto está cambiando y ahora en las sentencias ya citan expresamente otros medios, como FaceTime o Skype. Hay que tener presente que para el menor el poder mantener diariamente el contacto con sus dos padres es muy beneficioso, el hecho de saber que podrán contar a su padre/madre ese examen en el saco muy buena nota o que se hayan caído en el colegio son algunos de los ejemplos del día a día de un menor que para ellos el poder compartirlo les ayuda en su estado emocional.

En cuanto a los horarios de estas llamadas algunas resoluciones puntualizan un horario añadiendo que estas “deberán ser privadas y sin interferencias del otro progenitor”.