El Tribunal Constitucional ha anulado el artículo de la ley en el que se imponía la obligatoriedad del informe favorable del fiscal para que el juez pueda acordar la custodia compartida.
La sentencia refleja que es el interés del menor el que debe prevalecer siempre sobre el de los progenitores y también que el fiscal debe velar por los derechos de los hijos así como hacer lo necesario para tener conocimiento de cada caso y emitir un dictamen fundado.
Este es un paso muy importante pues en ocasiones el juez era partidario de la custodia compartida y se encontraba con la imposibilidad de imponerla puesto que el fiscal no era partidario de la misma (¡o ni siquiera asistía al juicio!)